La Secretaría Administrativa y de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones -Sector Acuerdos- informa que, en Acuerdo Nº 31/2020 se ha dictado Acordada Nº 169/2020, en la cual los Ministros del Alto Cuerpo resuelven:

 PRIMERO: APROBAR la implementación gradual y progresiva de las notificaciones electrónicas en el ámbito de la segunda instancia de los Fueros Civil, Comercial, de Familia, Violencia Familiar, Fiscal Tributario, y Laboral de las Primera, Segunda y Tercera Circunscripciones Judiciales de la Provincia de Misiones.

 SEGUNDO: MODIFICAR el punto V. Implementación gradual de las notificaciones electrónicas: de la REGLAMENTACIÓN DEL DOMICILIOELECTRÓNICO Y LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS CON FIRMADIGITAL: del ARTÍCULO PRIMERO de la Acordada N° 79/2020 dictada por este S.T.J. el que queda redactado de la siguiente manera: V. Implementación gradual de las notificaciones electrónicas: Las notificaciones electrónicas se aplicarán a todos los procesos que tramiten ante los juzgados de primera instancia de los Fueros Civil y Comercial, de Familia, Violencia Familiar, Fiscal Tributario y Laboral; ante las Cámaras de Apelaciones de los Fueros Civil y Comercial, de Familia, Violencia Familiar, Fiscal Tributario y Laboral de las Primera, Segunda y Tercera Circunscripciones Judiciales de la Provincia de Misiones, a partir del 1ro de Febrero de 2021; y ante los juzgados y tribunales de todas las instancias del Fuero Penal, Correccional y de Menores, sin consideración de la fecha en que se hayan iniciado.

 

 

 

 

 

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