Desde la STI recordamos a toda la comunidad jurídica que conforme la Ley 25.506 la Firma Digital cumple con las mismas exigencias que la firma de puño y letra, por tanto aquellos documentos electrónicos firmados digitalmente tienen la misma validez jurídica que los firmados de forma manuscrita u ológrafa (equivalencia funcional) garantizando así la legalidad y transparencia de los mismo, pero una vez impresoscarecen de validez jurídica y valor probatorio.